barra head

Destitución de juez en Cartagena por negarse a oficiar matrimonio igualitario: Un caso de conciencia y responsabilidad judicial

NEGATIVA INJUSTIFICADA: EL CASO DEL JUEZ DE CARTAGENA Y EL MATRIMONIO IGUALITARIO

En las últimas noticias, se ha revelado que Ramiro Eliseo Flórez Torres, quien se desempeñaba como juez décimo civil municipal en Cartagena, ha sido destituido e inhabilitado por un lapso de 15 años para ocupar cualquier cargo público. ¿La razón? Se negó, bajo argumentos religiosos, a oficiar el matrimonio civil entre dos mujeres programado en Cartagena, un acto que va claramente en contra de los principios jurídicos en Colombia.

La Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar tomó la decisión tras determinar que Flórez Torres cometió una falta grave al negarse injustificadamente a realizar la unión entre las dos mujeres. Este hecho se remonta a finales de agosto de 2020, cuando el juez se opuso a la solicitud de una ciudadana colombiana y una venezolana de contraer matrimonio civil, respaldadas por la jurisprudencia constitucional que permite la unión entre personas del mismo sexo.

El caso fue asignado al Juez Décimo Civil Municipal el 25 de agosto de 2020. Sin embargo, el 31 de ese mismo mes, Flórez Torres declaró que no podía llevar a cabo el matrimonio entre personas del mismo sexo, argumentando que iba en contra de sus convicciones religiosas. A pesar de las apelaciones presentadas, el juez mantuvo su postura, afirmando que prefería seguir la ley de Dios sobre la ley humana.

Posteriormente, la Jurisdicción Disciplinaria asumió el caso y presentó cargos contra el juez el 27 de marzo de 2023, acusándolo de desatender sus deberes establecidos por la ley y la Constitución. Flórez Torres intentó defenderse, pero su solicitud de aclaración fue rechazada en mayo de 2023. Según la interpretación de la Comisión, había pruebas suficientes para determinar su responsabilidad disciplinaria.

La Comisión Seccional de Bolívar, en un fallo presentado por el magistrado Luis Guillermo Ramos, subrayó que los funcionarios judiciales no pueden excusarse en motivos de conciencia para evadir sus responsabilidades legales y constitucionales. Consideraron que Flórez Torres se apartó injustificadamente de sus deberes como servidor público al negarse a oficiar el matrimonio entre las dos mujeres.

En resumen, la decisión de destituir e inhabilitar a Ramiro Eliseo Flórez Torres por 15 años se basó en su negativa injustificada a celebrar un matrimonio civil entre dos mujeres, lo que fue considerado como una falta grave contra los principios legales y constitucionales en Colombia. La Comisión Seccional de Bolívar destacó la importancia de que los funcionarios judiciales cumplan con sus deberes sin excusarse en motivos personales o religiosos.

¿Y tú que opinas?

Nombre:

Categorías:

Noticias relacionadas