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Una agencia de acogida cat贸lica rechaza a las parejas homosexuales

EL TRIBUNAL SUPEROMO DE EEUU PERMITE QUE SE HAGA ESTA INJUSTA PR脕CTICA

El Tribunal Supremo dictamina por unanimidad que una agencia de acogida católica puede rechazar a las parejas homosexuales

El Tribunal Supremo ha dictaminado que una agencia de acogida católica puede rechazar legalmente a las parejas del mismo sexo, en un golpe a las familias LGBT+.

El jueves (17 de junio), el Tribunal Supremo de EE.UU., que cuenta con una mayoría conservadora de 6-3 desde que Amy Coney Barrett ocupó el puesto de la difunta Ruth Bader Ginsburg, falló por unanimidad a favor de los Servicios Sociales Católicos (CSS), que argumentaban que debían seguir recibiendo fondos de los contribuyentes a pesar de negarse a colocar a niños con parejas del mismo sexo.

La ciudad de Filadelfia dejó de derivar niños a CSS en 2018 tras conocer su política discriminatoria, pero la agencia de acogida y adopción argumentó que la ciudad infringía su derecho a la libertad religiosa según la Primera Enmienda. El caso, Fulton contra Filadelfia, fue asumido por el Tribunal Supremo tras las derrotas en tribunales inferiores.

En su sentencia del jueves, el Tribunal Supremo escribió: "La negativa de Filadelfia a contratar a CSS para la prestación de servicios de acogida a menos que CSS acepte certificar a las parejas del mismo sexo como padres de acogida viola la Cláusula de Libre Ejercicio de la Primera Enmienda".

"Las acciones de la ciudad gravaron el ejercicio religioso de CSS al obligarlo a reducir su misión o a certificar a parejas del mismo sexo como padres de acogida, en violación de sus creencias religiosas".

La sentencia del jueves que permite al CSS rechazar a las parejas homosexuales ha agravado los temores de que el caso pueda tener ramificaciones más amplias que simplemente para las agencias de adopción y acogida, pero es poco probable que esto ocurra.

Aunque en el caso Fulton contra Filadelfia, el Tribunal Supremo dictaminó que las protecciones antidiscriminatorias de la ciudad violaban el derecho a la libertad religiosa de CSS, la sentencia señala: "La cuestión no es si la ciudad tiene un interés imperioso en aplicar sus políticas antidiscriminatorias en general, sino si tiene ese interés en negar una excepción a CSS".

La sentencia no impide a las administraciones locales imponer normas antidiscriminatorias a las agencias externas con las que trabajan, sino que establece que estas normas antidiscriminatorias deben ser "tanto neutrales como de aplicación general".

El tribunal dictaminó que la política de no discriminación de Filadelfia no era "neutral y de aplicación general" porque, tal y como estaba redactada en su contrato con CSS, incluía exenciones que quedaban a la "sola discreción" de un funcionario municipal.

A la luz de esto, el presidente de Human Rights Campaign, Alphonso David, dijo en un comunicado: "Aunque la decisión de hoy no es una victoria completa, no niega el hecho de que todas las familias calificadas son válidas y dignas: los niños merecen un hogar cariñoso, atento y comprometido. Celebramos a las familias LGBTQ que se dedican a proporcionar hogares a los miles de niños del sistema de bienestar infantil. Sin embargo, sabemos que hay más trabajo que hacer para garantizar que siempre se prioriza el interés superior del niño, incluso mediante la reagrupación familiar. Y hay más trabajo que hacer para garantizar que las personas LGBTQ no se enfrentan a la discriminación en cualquier parte del país en todos los aspectos de la vida pública: nuestro próximo paso es aprobar la Ley de Igualdad."

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