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Conoce el caso de la demanda a una pastelería por una "tarta gay"

EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS HA DESESTIMADO EL CASO

El tribunal europeo desestima el caso de la

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha desestimado un destacado caso de "tarta gay".

El jueves por la mañana (6 de enero), el Tribunal rechazó en una decisión mayoritaria la demanda presentada por Gareth Lee, un activista gay que demandó a una pastelería cristiana por negarse a hacer una tarta a favor de la igualdad matrimonial.

El TEDH declaró inadmisible el caso de la "tarta gay", Lee contra el Reino Unido, por un tecnicismo jurídico, un final desalentador que deja abiertas cuestiones más amplias sobre si las empresas pueden discriminar libremente a las personas LGBT+.

Dijo que no reconsideraría una decisión de 2018 tomada por el Tribunal Supremo del Reino Unido, que había anulado una indemnización por daños y perjuicios de 500 libras tratada en Ashers Bakery.

En 2014, Lee había intentado encargar una tarta en la pastelería Ashers con una imagen de Bert y Ernie de Barrio Sésamo junto al lema: "Apoya el matrimonio gay".

Estaba previsto para un acto de activismo queer que se celebraría después de que la Asamblea de Irlanda del Norte rechazara por escaso margen la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo por tercera vez. Pero la panadería de Belfast denegó la solicitud, alegando que chocaba con las creencias cristianas evangélicas del propietario.

En 2015, tanto el condado de Belfast como el tribunal de apelación dictaminaron que la panadería había discriminado a Lee. El caso se llevó al Tribunal Supremo del Reino Unido tres años después, donde se anularon las sentencias anteriores.

Los cinco jueces del Tribunal Supremo consideraron que la panadería no rechazó el pedido de Lee a causa de su sexualidad.

Lee presentó una denuncia contra el gobierno del Reino Unido ante el TEDH en 2019. Sin embargo, el Tribunal pasó por alto la solicitud de Lee porque no había invocado sus derechos humanos en virtud del Convenio Europeo de Derechos Humanos en ningún momento mientras el caso pasaba por los tribunales del Reino Unido.

Al basarse únicamente en la ley antidiscriminación de Irlanda del Norte, el tribunal dijo que no había agotado todas las opciones que le ofrecían los tribunales nacionales.

Los McArthur, propietarios de la panadería, se habían amparado en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, señaló el Tribunal de Strausburg.

El tribunal europeo desestima el caso de la

Dijo: "El tribunal supremo consideró, según los hechos del caso, que el demandante no fue tratado de forma diferente debido a su orientación sexual real o percibida, sino que la negativa a suministrar la tarta se debió a la objeción religiosa de los demandados al matrimonio homosexual.

"Por lo tanto, lo que se cuestionaba principalmente no era la afectación de la vida privada del demandante o su libertad de mantener o expresar sus opiniones o creencias, sino si la panadería Ashers estaba obligada a elaborar un pastel que expresara el apoyo político del demandante al matrimonio homosexual."

El TEDH dijo que buscaba un equilibrio entre los derechos de los propietarios de la panadería y los de Lee como "una cuestión de gran importancia y sensibilidad tanto para las comunidades LGBTIQ como para las comunidades religiosas".

"Esto es particularmente cierto en Irlanda del Norte, donde hay una comunidad religiosa grande y fuerte, donde la comunidad LGBTIQ ha soportado una historia de considerable discriminación e intimidación, y donde el conflicto entre los derechos de estas dos comunidades ha sido durante mucho tiempo una característica del debate público."

El caso de la "tarta gay" podría volver a los tribunales del Reino Unido Gareth Lee, miembro del grupo de defensa QueerSpace, dijo que el hecho de que el TEDH se encogiera de hombros ante las "cuestiones fundamentales" le ha dejado frustrado.

"No se debe esperar que ninguno de nosotros tenga que averiguar las creencias de los propietarios de una empresa antes de entrar en su tienda o pagar por sus servicios", dijo en una declaración a la prensa.

"Este caso ha puesto de relieve los retos a los que se enfrenta el colectivo LGBT+ en Irlanda del Norte. Seguiré apoyando toda ley que proteja y dé derechos a todas las personas por igual".

Ciaran Moynagh, de Phoenix Law, que representó a Lee, dijo que ahora estudiarán si se puede iniciar un nuevo caso doméstico.

Los activistas también se mostraron preocupados por la decisión, y expresaron su decepción por el hecho de que el tribunal haya dejado pasar una oportunidad para reforzar los derechos de los homosexuales, bisexuales y transexuales.

La jefa de Stonewall, Nancy Kelley, dijo sobre la sentencia: "La decisión de hoy del Tribunal Europeo de Derechos Humanos es un paso atrás para la igualdad.

"Los derechos humanos pertenecen a las personas, no a las empresas. Ninguna empresa debe discriminar a sus clientes, y ningún comportamiento discriminatorio debe ampararse en la ley de igualdad.

"La decisión de hoy deja la puerta abierta a la inseguridad jurídica en todo el Reino Unido y provoca un continuo malestar en nuestras comunidades".

John O'Doherty, que dirige el principal grupo LGBT+ de Irlanda del Norte, el Proyecto Arco Iris, añadió: "Este caso se emprendió contra el gobierno del Reino Unido por no haber protegido al Sr. Lee de la discriminación.

"La posterior decisión del Tribunal Supremo del Reino Unido creó inseguridad jurídica, no sólo en Irlanda del Norte, sino en todo el Reino Unido.

"Lamentablemente, con la decisión de hoy, esa incertidumbre se mantendrá.

"El Proyecto Arco Iris afirma nuestra creencia fundamental en la libertad de religión para todas las personas, sin embargo, esta libertad no puede extrapolarse a los negocios de propiedad privada y utilizarse como justificación para la discriminación.

"Los derechos humanos fundamentales existen para las personas, no para las empresas con ánimo de lucro".

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